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SANCIONES LOPD

La cuantía de las sanciones que impone la AEPD se gradúa atendiendo a la naturaleza de los derechos personales afectados, al volumen de los tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas. Y a cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de culpabilidad.

¿DE DÓNDE PUEDEN VENIR LAS DENUNCIAS?

La propia AEPD puede, de oficio, incoar actuaciones de inspección, sin embargo, las denuncias normalmente provienen a instancia de parte, por un cliente descontento, ex-empleados, o interesados que ven sus derechos y libertades vulnerados.
Mediante denuncias que pueden realizarse a través del canal de denuncias en la sede electrónica de la AEPD.

Sanciones por infracciones leves entre 601€ y 60.101€

Tipos de sanciones

A continuación, os detallamos varios ejemplos recientes de sanciones impuestas por la AEPD:

3.000 € a empresa por no disponer de política de cookies.

3.000 € a particular al tener instalado un sistema de cámaras de video vigilancia que obtiene imágenes de espacio público.

1.500 € a empresa con venta online por no constar el Aviso Legal, ni disponer de Política de Privacidad en su página web.

2.500 € a inmobiliaria por comunicar sin autorización datos de carácter personal a un tercero.50.000 € y 80.000 € a compañía eléctrica por tratamiento ilícito de datos de carácter personal.

1.500 € a cafetería por colocar cámaras en espacios públicos.

60.000 € a empresa de telefonía por tratamiento ilícito de los datos de un particular.

20.000 € a compañía aérea por no cancelar los datos de un usuario y enviarle comunicaciones comerciales.

10.000 € a un particular por publicar por WhatsApp fotos comprometidas de un compañero de trabajo.

10.000 € por utilizar cookies incumpliendo la LSSICE.

60.000 € por pérdida de pendrives que contenían datos personales.